“La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos”. Catecismo de la Iglesia Católica N.1471
Enchiridion indulgentiarum
2 DE NOVIEMBRE – CONMEMORACIÓN DE LOS FIELES DIFUNTOS
Visitas a Iglesias u Oratorio:
Se concede indulgencia plenaria, aplicable sólo a las almas del purgatorio, a los fieles cristianos que, el día en que se celebra la Conmemoración de todos los Fieles Difuntos, visiten piadosamente una iglesia u oratorio.
Dicha indulgencia podrá ganarse o en el día antes indicado o, con el consentimiento del Ordinario, el domingo anterior o posterior, o en la solemnidad de Todos los Santos.
En esta piadosa visita, se debe rezar un Padrenuestro y Credo.
Dicha indulgencia podrá ganarse o en el día antes indicado o, con el consentimiento del Ordinario, el domingo anterior o posterior, o en la solemnidad de Todos los Santos.
En esta piadosa visita, se debe rezar un Padrenuestro y Credo.
1 AL 8 DE NOVIEMBRE:
Visitas al cementerio:
Se concede indulgencia plenaria, aplicable sólo a las almas del purgatorio, a los fieles cristianos que visiten piadosamente un cementerio y oren por los difuntos. Durante los demás días del año se concede indulgencia parcial.
Para ganar una indulgencia plenaria, además de querer evitar cualquier pecado mortal o venial, hace falta cumplir tres condiciones:
-Confesión sacramental
-Comunión Eucarística y
-Oración por las intenciones del Papa.
Las tres condiciones pueden cumplirse unos días antes o después de rezar o hacer la obra que incorpora la indulgencia, pero es conveniente que la comunión y la oración por las intenciones del Papa se realicen el mismo día rezando a su intención un solo Padrenuestro y un Avemaría; pero se concede a cada fiel la facultad de orar con cualquier fórmula, según su piedad y devoción.La indulgencia plenaria únicamente puede ganarse una vez al día, pero el fiel cristiano puede alcanzar indulgencia plenaria in artículo mortis, aunque el mismo día haya ganado otra indulgencia plenaria
Fuente: Santa Misa Gregoriana