terça-feira, 8 de março de 2011

Algunos detalles referentes a la instrucción para la aplicación del motu proprio Summorum Pontificum


El vaticanista Andrea Tornielli publica hoy en su blog un artículo, traducido por La Buhardilla para el español, en el cual da algunos detalles referentes a la próxima instrucción para la aplicación de Summorum Pontificum que será publicada “probablemente a comienzos de abril” e será “firmada por el cardenal Levada, por el secretario Guido Pozzo y aprobada por Benedicto XVI”. He aquí las anticipaciones:

1. “La instrucción con sus contenidos confirma que el motu proprio es ley universal de la Iglesia y que todos están obligados a aplicarla y a garantizar que sea aplicada”.

2. “La instrucción afirma que debe ser asegurada la posibilidad de la celebración en el rito antiguo allí donde haya grupos de fieles que la pidan. En el texto no es precisado un número mínimo de fieles que deban constituir el grupo”.

3. “Es bueno – en acuerdo también con la exhortación post-sinodal sobre la Eucaristía – que los seminaristas estudien el latín y conozcan la celebración según la forma antigua”.

4. “El “sacerdos idoneus” para la celebración con el misal preconciliar no es necesario que sea un hábil latinista, sino que sepa leer y entienda lo que lee y lo que está llamado a pronunciar durante el rito”.

5. “La Pontificia Comisión Ecclesia Dei, que desde hace dos años ha sido englobada en la Congregación para la Doctrina de la Fe, es constituida con la instrucción como el organismo llamado a dirimir las cuestiones y las controversias, juzgando en nombre del Papa”.

6. “Los obispos no deben ni pueden promulgar normas que restrinjan las facultades concedidas por el motu proprio o que cambien las condiciones. Están llamados, por el contrario, a aplicarlo”.

7. “Puede ser celebrado también el Triduo pascual en el rito preconciliar allí donde haya un grupo estable de fieles vinculados a la liturgia antigua”.

8. “Los miembros de las órdenes religiosas pueden usar los misales con los respectivos ritos propios preconciliares”.

Fuente:  Sacri Palazzi